La norma ISO 37001:2016 está diseñada para ayudar a las organizaciones a implantar y mantener medidas específicas que les ayuden a prevenir, detectar y abordar el soborno en toda la organización y sus actividades comerciales.
(Nos encontramos en proceso de implementación para poder ofrecer los servicios de certificación de esta norma)
ISO 37001:2016
Es un estándar internacional que permite prevenir el soborno
por medio de mecanismos transparentes en la organización de manera interna y
externa y, al mismo tiempo, genera una cultura ética organizacional.
BENEFICIOS
Minimiza los riesgos de soborno o corrupción
Esta norma, a través de sus métodos y procedimientos nos ayuda a controlar de forma continua los riesgos de corrupción y antisoborno, sobre todo, aquellos relacionados con terceras partes interesadas de la organización que son menos susceptibles de control.
Ventaja competitiva frente a competidores
La implementación de dicho estándar es crear un manifiesto de buenas prácticas, integridad en la actividad y ética empresarial de la entidad de cara a las terceras partes mencionadas tales como, clientes, proveedores, socios de negocio, empleados, etc. Demuestra una actitud proactiva en la organización por cumplir con la legislación y normativa aplicable y la lucha contra la corrupción en el desarrollo de su actividad propia.
Estándar de transparencia
La organización incursa en algún tipo de procedimiento penal por delitos de corrupción o soborno, que, en sede judicial, puede actuar como atenuante o eximente de penas o multas a la organización.
Competir en mercados internacional
Trascender a un estándar internacional, aumenta considerablemente la confianza, lo que se traslada en la posibilidad de competir en mercados más allá de los nacionales. La implementación abre un abanico a posibles solicitudes de ofertas y presupuestos tanto a clientes como a proveedores a nivel internacional.
Cultura anticorrupción
Promueve la anticorrupción no sólo entre los integrantes de la organización, sino en todas las direcciones en las que ésta se mueva, asentando los pilares de una ética profesional transparente.
Integración de la norma con otras a nivel nacional o internacional
La norma ISO 37001:2016, camina de la mano de otras normas como es la UNE 19601 de Compliance Penal a nivel nacional, teniendo amplios matices y exigencias en común y actuando como complemento perfecto de esta a nivel internacional. En el mismo sentido, podemos hablar de otras normas como la norma ISO 9001:2015, la norma ISO 14001:2015 o la norma ISO 27001:2013, sistemas de Calidad, Medio Ambiente y Seguridad, que son perfectamente integrables con la norma.
Reducción de costos
Reducir los costos generales por acciones de corrupción dentro de la organización.
Reducción de tiempo
Reducir el tiempo de inactividad y los costos de interrupción de las operaciones.
Mejora la reputación de la organización
Ayuda a la organización, a garantizar a sus clientes, socios comerciales y personal que ha implementado controles antisoborno de buenas prácticas reconocidos internacionalmente y, por lo tanto, ayuda a la organización a obtener trabajo, contratar buen personal y mejorar su reputación.
ESTRUCTURA DE LA ISO 37001:2016
ALCANCE
El alcance es específico para cada una las disciplinas.
REFERENCIAS NORMATIVAS
Dentro de cada disciplina contendrá la normativa específica que se deba aplicar.
TÉRMINOS Y DEFINICIONES
Incluye los términos básicos y las definiciones más propias de cada disciplina, esto se constituye en la parte integral del texto común para las normas de sistemas de gestión.
CONTEXTO DE LA ORGANIZACIÓN
La empresa tiene que establecer todas las cuestiones externas e internas que son pertinentes para su propósito y que afectan a su capacidad para conseguir los objetivos previstos en el sistema de gestión antisoborno. En donde la empresa tiene que establecer el alcance del sistema por ambas partes interesadas e incluir los requisitos pertinentes.
LIDERAZGO
La alta dirección tiene que demostrar liderazgo y compromiso con respecto al sistema de gestión antisoborno; asegurándose de que el sistema de gestión antisoborno, incluyendo la política y los objetivos, se establezca, mantenga y revise para abordar adecuadamente los riesgos de soborno de la organización y asegurarla integración de los requisitos del sistema de gestión antisoborno en los procesos de la organización.
PLANIFICACIÓN
Asegurar razonablemente que el sistema de gestión antisoborno puede lograr sus objetivos, prevenir o reducir efectos no deseados relacionados con la política y objetivos del sistema antisoborno, hacer seguimiento de la eficacia del sistema de gestión antisoborno para lograr la mejora continua de la organización.
SOPORTE
La empresa tiene que establecer y proporcionar los recursos necesarios para el establecimiento, implantación, mantenimiento y mejora continua del sistema de gestión antisoborno.
OPERACIÓN
La empresa debe planificar, implantar, revisar y controlar los procesos necesarios para cumplir los requisitos del sistema de gestión antisoborno, así como para implementar las acciones determinadas para el establecimiento de criterios para los procesos de acuerdo con los criterios y así mantener la información documentada para llevar a cabo lo planificado.
EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO
Mantener el seguimiento, medición, análisis y evaluación en la organización.
MEJORA
La empresa debe mejorar continuamente la idoneidad, adecuación, y eficacia del sistema de gestión antisoborno.
¿A quién va dirigida?
Es aplicable a las organizaciones pequeñas, medianas y grandes en todos los sectores, incluidos los sectores públicos, privado y sin fines de lucro. Los riesgos de soborno que enfrenta una organización varían en función de factores tales como el tamaño de la organización, los lugares y sectores en los que opera y la naturaleza, magnitud y complejidad de sus actividades.
Las Partes aceptan que la decisión de otorgar o negar la certificación solicitada por el Cliente; o bien de mantener, renovar, extender, reducir, suspender o retirar (cancelar) la que se le hubiere otorgado, corresponde exclusivamente a COMPECER a través de su Comité de Dictaminación de la Certificación.
Se consideran motivos de suspensión de la certificación, (sin limitarse a), cuando:
- El cliente no notifica en el tiempo estipulado en el contrato de servicios de certificación, cualquier cambio que pueda afectar la capacidad y competencia de la organización, el alcance de las actividades certificadas.
- Se incumplan las disposiciones del contrato de servicios de certificación firmado por el cliente con COMPECER.
- El cliente no proporciona a COMPECER en forma oportuna y completa los informes que le sean requeridos respecto al funcionamiento y operación de su sistema de gestión.
- Se violen las disposiciones de Ley aplicables a la organización certificada.
- Se disminuyan los recursos o la capacidad y competencia necesaria de la organización para mantener la implementación del sistema de gestión.
- El sistema de gestión certificado del cliente ha dejado de cumplir de forma persistente o grave los requisitos de la certificación, incluidos los requisitos relativos a la eficacia del sistema de gestión.
- El cliente certificado no permite la realización de las auditorías de vigilancia, seguimiento, monitoreo o de renovación de la certificación de acuerdo con la periodicidad requerida.
- Cuando no sean cubiertos los pagos correspondientes a los servicios de vigilancia, seguimiento monitoreo o de renovación de la certificación de acuerdo con la periodicidad requerida.
- La organización certificada ha pedido voluntariamente una suspensión.
Se consideran motivos de reducción del alcance de la certificación, (sin limitarse a), cuando:
- Se disminuyan los recursos o la capacidad y competencia necesaria de la organización para mantener la implementación del sistema de gestión en sitios o procesos determinados.
- Cuando el cliente cierra alguno de los sitios.
- Cuando alguno de los procesos del sistema de gestión del cliente ha desaparecido.
- Cuando a petición del cliente se solicita la reducción.
Se consideran motivos de retirada (cancelación) de la certificación, (sin limitarse a), cuando:
- La organización certificada incumpla las disposiciones de la cláusula SEXTA del contrato de servicios de certificación firmado por el cliente, referente al uso de la certificación y del símbolo de certificación de COMPECER.
- No se resuelvan los motivos que originaron una suspensión por más de seis meses consecutivos, sin aprobación de COMPECER.
- La organización certificada reincida en las mismas violaciones consideradas como motivos de suspensión en más de dos ocasiones durante la vigencia de la certificación otorgada por COMPECER.
- La vigencia de la certificación se cumpla estando suspendida la organización certificada.
- Se disminuyan los recursos o la capacidad y competencia necesaria de la organización para mantener la implementación del sistema de gestión por más de tres meses consecutivos.
- Cuando el cliente o el sistema de gestión certificado del cliente ha dejado de cumplir en más de dos ocasiones no consecutivas, los requisitos para mantener la implementación del sistema de gestión en sitios o procesos determinados sin solicitar la reducción del alcance de la certificación.
- El cliente certificado no permite la realización de las auditorías de vigilancia, seguimiento, monitoreo o de renovación de la certificación de forma agresiva o violenta.
- La organización certificada ha pedido voluntariamente el retiro de la certificación.
Para restaurar
Una vez que la organización pueda subsanar la causa de la suspensión, el comité de dictamen podrá restaurar la certificación.